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Ambulancia aérea en México | Jet Rescue

TRASLADO AEROMEDICO

INFORMACIÓN PARA PERSONAL MÉDICO Y PARAMÉDICO

 

El transporte aeromédico se ha desarrollado vertiginosamente durante la segunda mitad del siglo pasado, gracias al avance en las tecnologías en materia de aviación y en equipo para la atención del paciente. Sin embargo, es una realidad la escasez de aeronaves dedicadas a este propósito, ya que la mayoría son charters o taxis aéreos adaptados, sin personal experto y sin el equipo adecuado. En el caso de Mexico el servicio es comercializado sin restricción alguna por parte de COFEPRIS lo que implica un riesgo sanitario para el usuario ya que hay literalmente cientos de anunciantes que simplemente carecen de los aviones y equipo medico necesario sin embargo se anuncian ampliamente en diferentes redes sociales e internet. En este espacio se exponen las ventajas y las circunstancias especiales que rodean el transporte aeromédico, sin pretender ser una revisión extensa del tema.

INDICACIONES PARA EL TRANSPORTE AEROMÉDICO

• Cinemática de trauma importante.

• Múltiples lesionados, en estado crítico y escasos recursos en el área.

• Cuando la diferencia en el tiempo entre el transporte terrestre y aéreo representa un sustancial impacto sobre el pronóstico del paciente.

• Cuando los recursos locales y profesionales no pueden proveer los cuidados que el paciente requiere.

• Área remota, dificultad del terreno, falta de acceso para la ambulancia terrestre.

• Orden público, vías amenazadas, retenes ilegales.

• Signos vitales anormales o en valores críticos.

• Necesidad de soporte avanzado de vida para paciente médico o quirúrgico.

CONTRAINDICACIONES PARA EL TRANSPORTE AEROMÉDICO

1. Paciente en paro cardíaco, respiratorio o cardiorrespiratorio que no responde al proceso de reanimación avanzado.

2. Pacientes contaminados con materiales peligrosos.

3. Pacientes psiquiátricos, violentos en estado agudo.

4. Cuando el tiempo de traslado terrestre sea corto y exista un adecuado sistema de atención prehospitalaria.

5. El traslado de pacientes con lesiones de columna y musculoesqueléticas, las vibraciones del helicóptero puede incrementar las lesiones. 

6. Neumotórax no resuelto o no diagnosticado

7. Neumoencéfalo

PREPARACIÓN DEL PACIENTE PARA EL TRASLADO AÉREO 

1. Asegurar la vía aérea y si es necesario conectar a ventilador.

2. Sí es posible obtener gases arteriales en todos los pacientes antes del vuelo y administrar oxígeno según sus necesidades y la altura prevista de vuelo. Normalmente, la cabina se presuriza a máximo 7000 pies. Monitorizar mediante oxímetro al paciente.

3. Debe corregirse cualquier grado de neumotórax antes del transporte y sustituir el sistema normal de drenaje torácico por un dispositivo de un solo sentido con recipiente de plástico.

4. Colocar sonda foley y nasogastrica previo al vuelo.

5. Controlar hemorragias externas.

6. Canalizar dos vías venosas de calibre apropiado o una vía central. Si se están utilizando vasopresores, la vía venosa central será imprescindible. 

7. Tomar las imágenes radiográficas pertinentes de acuerdo al caso y entregar a la tripulación.

8. Soluciones deben ir en envases de plástico.

9. Monitoreo electrocardiográfico y hemodinámico continuo.

10. Pacientes quemados, mantener una temperatura corporal mínima de 38 grados C utilizar sabana isotérmica, no aplicar vendajes periféricos. Efectuar esclerotomía de urgencia en caso de ausencia de pulsos distales. Mantener seco al paciente.

DOCUMENTACION NECESARIA PARA TRASLADO AÉREO

1. Resumen Clínico que incluya últimos signos vitales y condición actualizada del paciente.

2. Carta Certificando que el paciente puede ser trasladado por ambulancia aérea (FIT TO FLY)

3. Estudios de Gabinete y Laboratorio efectuados

4. En algunos casos carta de solicitud de traslado por ambulancia aérea que certifique la necesidad de la misma.

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 Todas los Vuelos son operados en Mexico por. Med Jets SA de CV  bajo el certificado  AOC MTS/2015

Med Jets USA INC is an indirect air carrier authorized under U.S. Department of Transportation Order 83-1-36, 99 C.A.B. 801 (1983), and uses the services of licensed FAA Part 135 direct air carriers or foreign equivalent carriers, to meet the air ambulance or medical evacuation transportation needs of its clients. Med Jets USA  does   not operate any aircraft. As an indirect air carrier, Med Jets USA INC contracts for the provision of air transportation services in its own name and coordinates the provision of medical services. All flights are operated by licensed direct air carriers. 

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